que culpa tengo yo de nutrirme, relacionarme y reproducirme

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421. Markk,

Igual mas allá de toda la movida creo que la verdad de la milanesa está en que si alguien piensa que puede progresar y tener una mejor vida en otro país, sea España, Yanquilandia o China, tiene derecho a intentarlo y mira, si le va bien y es feliz, bien por esa persona. A mi me chupa un huevo si lava platos, si gana 40 o 4000 dólares, si cobra pensión o tiene título.
Será que tengo sueño pero ya foe, vivan y dejen vivir. Si se tiene que dar una piña contra la pared que se la de, eso también es aprendizaje a veces. Las experiencias de cada uno son distintas.
Como que me agota mentalmente tanto el que piensa que España es la gloria del ciego como quien intenta tirarle todo abajo. Sé que es un foro y a mi también me encanta opinar de todo, a veces positivo y a veces negativo, pero ya foe, esto se está volviendo páginas y páginas de debate inconducente

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422. goten,

perú es mejor que argentina en cuestiones económicas nada más, pero en oportunidades para los ciegos, ni en pedo

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423. gianella.delgado,

creo falta comprención lectora. Insisto que no es como lo dicen más arriva que como ganas ayí es igual el costo de vida, que acaso no lo pueden ver con los ejemplos que les puse. si tu pagas por 8 gb de internet 30 soles ganando 1025 soles al mes y en españa pagas por 12 gb 7.50 euros, ganando un sueldo de 1080 euros, quien tiene más posibilidades de contratarse un servicio de esta o mejor calidad. por dios casi los dos ganan igual, en sus monedas, 1080 euros de sueldo mínimo en españa frente a los 1025 soles de perú, entonces no entiendo donde está la equivalencia. Si hubiera equivalencia, una piza aquí debería costar 10 soles, pero en perú cuesta 40 soles, en tanto en españa lo puedes conseguir por 10 euros. El problema tal como lo e dicho antes, es que aqui la mayoría de bidentes ni fregando ganan 1025 soles, lo más probable es que ganen 2000 o 4000, entonces ahí el panorama cambia, pero para nosotros los ciegos, si que la mejora aplica. porque si en españa voy a ganar 1080 euros y en perú 1025 soles, obviamente me conviene estar en españa. Para los bidentes talvez no tanto, pero para los pocos ciegos que trabajan y que están condenado a ganar esa cantidad entonces la cosa si funciona. Si luego de esto siguen pensando igual es porque realmente son incapaces de imaginarse las realidades o no tienen la suficiente inteligencia para comparar. hasta ahorita lo que han dicho solo son opiniones, nadie ha benido a colocarme datos oficiales de diversas fuentes ni tampoco a exponer una lógica distinta. respecto a quien se refirió a estados unidos, no hay que mezclar realidades, estados unidos no se maneja de la misma manera que españa y deecho españa tiene una de las canastas familiares más varatas https://www.eleconomista.es/economia/noticias/8087756/01/17/La-cesta-de-la-compra-espanola-es-una-de-las-mas-baratas-de-Europa.html y el perú una de las más caras: https://pqs.pe/actualidad/economia/peru-tiene-una-de-las-canastas-basicas-mas-caras-de-latinoamerica/

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Dernière édition par gianella.delgado, 01.05.2023 04:50

424. Deku,

Ya llevas 600 euros recaudados, aunque después de ese comentario no se si Def y el otro chico lo mantengan jejejeje.

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425. gianella.delgado,

a genial porque los necesito enserio, xd. podríamos hacer a la inversa, pero no me alcanza la plata para pagarles, pero les propongo venir tan solo dos meses aquí, ganando 1025 soles. donde los combis piratas no les dejen subir al carro solamente por que son ciegos, que no te dejen entrar a una consulta médica si no tienes a un familiar cerca porque eres ciego y por más que le digas que eres independiente te hagan un escándalo o no te atiendan, que te vean media hora en el paradero pedir ayuda pero nadie sea capaz de apollarte para cruzar, que no recivas ninguna ayuda del estado si no tienes trabajo, que los profesores te ignoren en clase y no te quieran nisiquiera tomar los exámenes, que para sacar un pasaporte te demores más de un año, que no te dejen hacer trámites notariales sin un testigo a ruego, que si intentas cruzar solo la pista los conductores más te metan el carro como intentando atropellarte, caminar cuadras y cuadras por veredas rotas, atrabezar montículos de arena en plena acera, encontrarte con miles de puertas abiertas hacia fuera representando un riesgo de que te golpees, caminar por lugares donde hay escaleras de metal colgadas que se te pueden clabar en el ojo tal como estuvo apunto de pasarme una vez a mí o si no puertas levadizas abiertas a la mitad, que te vayas a quejar por la inaccesibilidad del banco más usado en el pais BCP e indecopy te diga que no pueden hacer nada porque la queja no es para un grupo importante, que cuando vayas a matricular a tu hijo con ceguera te digan no recivimos a ciegos, que pases todos los exámenes y los filtros de un trabajo y de pronto se enteren que eres ciego y te digan, tu currículum y tus abilidades son estupendas, te admiro pero no podemos contratarte necesitamos a alguien que vea, por más que las funciones que se indicaban calzara con todo lo que podías hacer.

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Dernière édition par gianella.delgado, 01.05.2023 05:16

426. caballero_indomable,

naaa señores, que va, no es tan así. bajo la premisa que exponen, entonces cada quien debería quedarse en su país y ya está, porque si vienes a este, gastarás mucho porque ganas mucho, gastarás mucho porque como ganas en esta moneda gastarás en esta moneda, bla, bla, bla.
la señorita tiene razón, hay países donde el dinero rinde menos, esa es la pura verdad. acá en Venezuela ganamos una miseria como mucha gente sabe, tengo a mi hermana en Colombia ganando poco también, pero manifiesta que el dinero rinde más, al menos en el nivel de la compra de los alimentos. sale con mi sobrino al parque, lo lleva a comer helado como dos o tres veces al mes, yo tengo muchísimo tiempo que no salgo a comerme un helado porque sencillo, si compro esto no compro aquello, así, así están las cosas. pago para ir a trabajar, ahí tienen una pequeñísima idea, pero si quieren más, la mejor manera de comprar ropa acá es dejándola a crédito e ir pagando en cuota, por qué? sorpresa, porque el dinero no alcanza.
mi hermana, siguiendo con el ejemplo anterior, paga mas o menos como 100$ en arriendo y toda la onda, pero aún así, comen bien gracias a Dios y se dan sus gustitos, mismos que acá e sabido poco a poco darme yo, pero no por mi trabajo, sino por lo mismo, comprar a crédito, es decir, la compra mediante este recurso, se ha convertido en una herramienta tan vital, que la usamos muchos, pues es la manera de comprar y porqué no decirlo, la manera de poder vender también. saludos.

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427. bon-kinus,

miren no más el ejemplo mío. a mí que vivo acá en el Canadá, que me gano 20000 dólares canadienses al mes, unos 15000 dólares estadounidenses, eso apenas me alcanza para mantener mi casa y darme un gustico de vez en cuando. si magínense, un simple arroz chino me cuesta 50 dólares... pero ganando esa misma cantidad allá en mi patria colombiana sería rico.

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428. azul_sinestesia,

Aquí el asunto es el poder adquisitivo de cada moneda y la inflación que hay en cada país.
Si un peruano se va a Pasar una temporada a España no la tendrá fácil.
Empezando que tiene que llevar más dinero que los 1025 soles peruanos porque llegando a una casa de cambio en España tendrá el equivalente a 250 euros aproximadamente.
Aunque no sé si los 1025 soles se ganan por semana, quincena o més.
Cosa que no supe al leer y volver a leer el post.
Pero sea lo que sea allí se complica un poco el asunto siendo si el peruano se va de vacaciones, ahora veamos si el peruano decide quedarse de por vida en el país de la paella.
Entonces resulta que a este peruano después de haber hecho tramites para la ciudadanía española, que le tardó varios días, semanas, meses, incluso años hace otros tantos aburridos trámites y consigue hacerse de la pensión de los 500 euros porque fue tanto el tiempo que duró haciendo los tramites que la pensión ya está en esa cantidad.
Y la verdad no dudo que para hacer tramites de ese tipo es una prueba suprema de paciencia porque con que falte un papel, haya un error ortográfico o que alguna firma no coincida, sin más todo se va al traste e incluso la persona en cuestión tiene que empezar el tramite de nuevo.
Y no dudo que la persona en cuestión se queda verdaderamente porque le gustó mucho el país o por alguna otra razón que decidió que allí viviría recibiendo su pensión.
si a los 500 euros mensuales se los empieza a gastar en pagar su servicio de internet como buen adicto a las redes sociales y porque se le antojó una pizza el dinero restante de la pensión quedaría en 483.50 euros.
Pero como han dicho algunos españoles el pagar arquiler de casa o piso es otro tema porque son 900 euros al mes, el peruano con los 500 euros ya está más que frito porque tiene que pedir prestado para salir con el mes.
Pero no se acordaba que tiene que guardar para pagar el servicio eléctrico y agua.
Pero ya se me ha estado olvidando una cosilla super importante, ¡todavía no se ha visto el presupuesto para la comida del mes!
Esto sin considerar que aparte de esos gastos tiene que comprarse al año un par de mudas de ropa, (esto yendo a lo más austero) comprar zapatos, o algún otro gasto imprevisto como conseguir un analgésico para el dolor de cabeza que le ha provocado el estres por las deudas.
Lo que también pasa por la cabeza del peruano que al tener tanta deuda no podrá mandar ni un céntimo a Perú.
Pero si uno observa que si un Español se va una temporada de vacaciones a Perú pues los 1080 euros que se ha llevado sale el equivalente aproximado de 11 mil soles.
Logico que allí podrá gastar, gastar y gastar, porque el euro tiene más poder adquisitivo en Perú
Pero después de entrevistar a un mesero en donde fue a comer el primer día que llegó sabrá que la situación economica del país no está bien y que al quedarse allí no podrá hacer gran cosa decide regresarse a españa.
Realmente hay que pensar con los pies en la tierra si mudarse a otro país vale la pena, que si la calidad de vida mejorará, habrá más oportunidades para tener un crecimiento personal como profesional.
Porque vivir en un lugar que no es el país de nacimiento está complicado al no ser ciudadano y peor tantito si se está en forma ilegal, ¿qué garantías hay de poder gozar de los mismos derechos que la gente que nació allí?
¿Quién garantiza que al llegar a España se tendrá en automático los 500 euros mensuales?
¿Quién garantiza que uno podrá encontrar un buen trabajo a la primera?
No dudo que a mucha gente al mudarse a otro país mejore sus condiciones de vida, pero hay que poner la preparación de lapersona, si estudió o no lo hizo, si tiene conocidos viviendo allí, si sabe a donde llegar.
Así como analizo esta situación no ha de ser fácil migrar, empezando que en los países no se tienen las mismas costumbres, hay pocos o ningún conocido, se comen diferentes cosas, y la educación no es la misma.
Pero bueno, hasta aquí dejo lo que pienso después de leer el post.

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429. bananerito,

no puedo hablar de perú, de España, ni de la Conchinchina: son realidades diferentes y creo que se está entrando en un laberinto sin salida: Con los datos que mostró @gianella no digo que sean falsos, pero seguimos estancados en las comparaciones.
Acá en mi Ecuador hace mas de 5 años que me quitaron el bono mensual: Fue feo pero tampoco me iba a quedar haciendo berrinches, y logré cumplir con mis caprichos gracias a mis talentos.
Mi realidad es que en la secundaria con esa ayuda logré pagar la mensualidad de mis estudios básicos y estaba tranquilo: En la universidad me tocó cubrir.
Hoy lo necesito? no. Gracias al universo tengo mi enprendimiento con el audio, el home studio y eso poco a poco me saca del enrredo. Mi país está dolarizado, y nuestra economía (aunque aveces sufren sismos) va bastante bien: El sucre era mejor, pero como no lo viví mi opinión no es tan válida: y espero que acá no se devalúe la moneda estadounidense.

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430. goten,

es cierto lo que dice giane, con decirles que ni al banco de crédito puedes ir solo

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431. Def-Leppard,

creo que ante el comentario de azul, nada más que decir la vida es así...

por cierto chi. para conseguir la residencia temporal son unos mesecitos de trámites y lo más más más importante. tener un contrato legal (recalco el legal) de trabajo. para la residencia permanente no recuerdo que había que hacer pero para la nacionalidad hay que pasar un examen de español, dicen que duro, y llevar 5 años en España. haí es cuando te dan vecas, te afilias a la once y pin pan pun. lo que creo que es aquí no me hagáis caso porque yo venía con la nacionalidad incluida ya y no...

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432. shub-niggurath,

Lo que yo digo es que es muy fácil hablar de cosas que no conoces y buscas en una web de Google que a ver la fiabilidad que tiene.
Si amiga, las cosas pueden estar muy Negras en Perú y no lo discuto porque no vivo allí, pero tu no puedes ponerte en la boca datos de un país que ni conoces ni en el que tienes que vivir, al igual que los que vivimos en España no podemos discutir de otros países.
No se de donde te habrás sacado los datos de internet, porque si existe una compañía que cobre eso, que venga a mi casa a instalarme el router pero ya.
Vamos a poner datos como quiere.
Empezamos con el tema de las pensiones:
Para las no contributivas: Son pensiones destinadas a personas que no han cotizado a la Seguridad Social o no lo han hecho durante el tiempo suficiente.
Estas se pueden optener solamente si tienes un grado alto de discapacidad, mínimo el 65%, que tal y como van las cosas, complicao que te den ese porcentaje.
Si tienes del 33% hasta el 65, puedes aprovechar ciertas cosas, como la reducción del IRPF(impuesto de la renta de las personas físicas), ETC.
Si es menor del 33% no tienes nada que hacer.
Requisitos, sacados de la web de la agencia tributaria.
-Tener entre 18 y 65 años en el momento de cumplimentar la solicitud.
-No haber cotizado el tiempo suficiente para cobrar una pensión contributiva.
- Residir legalmente en España desde hace, al menos, cinco años. Dos de los cuales tienen que ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
-Tener unos ingresos máximos anuales personales de 6.784,54 euros, una cantidad que se puede elevar en función de los integrantes de la unidad familiar.
Y por último, cito textualmente.
La pensión no contributiva supone percibir 6.784,54 euros anuales en 2023, dividos en 14 pagas de 484,61 euros. Es decir, un incremento de un 15% con respecto a 2022 debido al «incremento extraordinario» que figura en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
Sin embargo, si se alcanza un 75% de discapacidad el importe es mayor, ya que existe un complemento de 3.392,27 € anuales. Pero para optar a esta cantidad adicional, también hay que demostrar que se precisa ayuda de terceras personas para llevar a cabo las tareas esenciales del día a día, tales como vestirse o comer.
Vamos con la contributiva, que esta la cobran tanto personas con y sin discapacidad.

  1. Edad: se gana el derecho a recibir una pensión contributiva cuando el interesado haya cumplido 67 años de edad, o 65 años de edad y pueda además acreditar 38 años y 6 meses de cotizaciones al sistema de Seguridad Social.
  2. Cotizaciones: se deben tener al menos 15 años de cotizaciones al sistema de Seguridad Social, de los cuales al menos dos años deben haber ocurrido en el período inmediatamente anterior al momento en que se solicite el otorgamiento de la pensión de jubilación.
  3. Quienes se encuentren en una situación de prolongación de efectos económicos causados por un período de incapacidad temporal, también tienen derecho a empezar a disfrutar de su pensión de jubilación, siempre y cuando reúnan los requisitos de edad y cotizaciones.
    Igualmente, quienes para el momento en que puedan empezar a recibir su pensión contributiva no se encuentren de alta en el sistema de Seguridad Social, pero lo estuvieron en su momento, y cumplen con los requisitos de edad y cotizaciones estipuladas, pueden acceder al derecho de recibir su pensión jubilatoria.
    Tipos:
  4. Pensión por jubilación.
  5. Pensión por incapacidad permanente.
  6. Pensión de muerte y supervivencia.
  7. Vamos a la que nos interesa que es la de incapacidad.
    En este caso el objetivo de la pensión es cubrir la pérdida del salario para una persona que ha quedado en estado de incapacidad permanente debido a un accidente o situación especial de salud.
    Existen diversos grados de incapacidad, que impactan la modalidad y el importe de la pensión que se otorgue: incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total e incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
    Depende la que te acepten tiene una cuantía u otra.
    Incapacidad permanente parcial:
    es una situación que da derecho a una persona a cobrar una indemnización de pago único. Se trata del grado más bajo de invalidez, por lo que solo da derecho a un pago único, y no a pagos mensuales de parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua que le dé cobertura.
    Tiene lugar cuando una persona, por enfermedad o accidente, se ve incapacitada para realizar su trabajo con una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal, sin impedirle realizar las tareas fundamentales.
    Incapacidad permanente parcial
    La Incapacidad Permanente Parcial inhabilita al trabajador con una disminución del rendimiento laboral no inferior al 33%.
    Este tipo de incapacidad puede darse para cualquier tipo de trabajo, y por ser un grado leve, no implica que haya que abandonar el puesto de trabajo, ni que se dé por finalizada la contratación del trabajador. Es decir, que la persona puede solicitar y acceder a la indemnización que corresponde, y continuar desempeñando el mismo trabajo que había venido realizando.
    Por tanto, la prestación económica que se recibe por incapacidad permanente parcial puede recibirse conjuntamente con la prestación económica (salario) correspondiente a la profesión habitual, ya que la persona puede continuar trabajando.
    Requisitos:
    Para solicitar indemnización por incapacidad permanente parcial, el afectado debe demostrar ante el INSS que padece una lesión o enfermedad que le obliga a tener que realizar un esfuerzo adicional para realizar su trabajo, al que hacía antes estar padeciendo esa lesión o enfermedad.
    Tienen derecho a solicitar incapacidad permanente parcial aquellas personas que:
    • No hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación.
    • Han cumplido la edad ordinaria de la jubilación, pero sin haber cotizado un mínimo de 15 años a la seguridad social.
    • Se encuentren en situación de jubilación anticipada, sin tener la edad de la jubilación ordinaria.
    • Estén en situación de alta o asimilada al alta. Se debe considerar que, si la incapacidad se deriva de una enfermedad profesional o accidente de trabajo, y el trabajador no había recibido el alta, la adquiere automáticamente al presentar su caso de solicitud de indemnización por incapacidad permanente parcial.
    • Han cotizado 1.800 días ante la seguridad social, enmarcados en los 10 años anteriores a la solicitud de indemnización por incapacidad permanente parcial. Cabe destacar que, si la incapacidad permanente parcial se originó por una enfermedad profesional o accidente de trabajo, no se exigirá un mínimo de cotizaciones ante la seguridad social para otorgar la indemnización.
    Vamos con la cuantía: El importe que se recibe como indemnización por incapacidad permanente parcial, corresponde a la cantidad de la suma de 24 mensualidades de la base reguladora de la persona que hace la solicitud.
    Por ejemplo, una persona que tenga un sueldo de 1.500 euros mensuales, y haga una solicitud de indemnización por incapacidad permanente parcial y la misma le sea otorgada, recibirá un importe total único de indemnización de 36.000 euros.
    Incapacidad permanente total:
    es un grado de incapacidad que se puede reconocer cuando una persona se encuentra en una condición que le imposibilita desempeñar las funciones básicas de su actividad laboral habitual, pero puede estar habilitada para dedicarse a otro tipo de trabajo diferente.
    Incapacidad Permanente Total
    La incapacidad permanente total inhabilita a un trabajador para continuar ejerciendo su profesión habitual.
    El reconocimiento de una Incapacidad Permanente Total implica que, a nivel de reconocimiento de grado de discapacidad, la persona presenta un grado igual o superior al 33%.
    Para determinar si una persona se encuentra en estado de incapacidad permanente total es de vital importancia definir cuál es su profesión o actividad laboral habitual.
    En este sentido, se debe tener en cuenta que, si la incapacidad laboral se produce por enfermedad, bien sea ésta común o profesional, se considerará profesión habitual la que el trabajador haya estado desempeñando durante los últimos 12 meses.
    Cuando la incapacidad se origina por un accidente laboral o de cualquier otro tipo, se considerará profesión habitual la que el trabajador estuviere desempeñando en el momento en que ocurrió el accidente, sin importar el tiempo que llevara realizando esa función.
    Para poder optar a este derecho es necesario:
  8. Estar dado de alta en la Seguridad Social o situación asimilable
  9. La persona deberá estar de alta en la seguridad social, o en una situación de asimilado al alta, como por ejemplo estar de baja médica, y tener un tiempo mínimo establecido de cotizaciones en el sistema de Seguridad Social.
    Este último requisito no es exigible si la incapacidad deriva de una enfermedad profesional o de un accidente, sea éste laboral o no. Es decir, si la incapacidad laboral deriva de enfermedad profesional o accidente, no se exigirá (en ningún caso) estar dado de alta o en situación de asimilado al alta.
  10. No haber cumplido la edad de jubilación
  11. La persona no debe haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
    Excepción: puede optar a este derecho una persona que haya cumplido la edad de jubilación pero no cumpla con los requisitos exigidos para acceder a su pensión de jubilación si su incapacidad deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral.
  12. Haber cotizado un mínimo de años
  13. El tiempo mínimo de cotizaciones dependerá de la edad de la persona que solicita la incapacidad permanente total. Así:
    Menores de 31 años:
    Si el solicitante o trabajador tiene menos de 31 años, el período genérico de cotización es la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en la que cumplió la edad de 16 años y la fecha en que se haya producido el motivo de la incapacidad.
    Mayores de 31 años:
    Si la persona tiene más de 31 años, el período genérico de cotización es la cuarta parte del tiempo transcurrido desde que la persona cumplió la edad de 20 años y la fecha en la que se produjo el motivo de la incapacidad, con un mínimo de 5 años cotizados.
    Periodo específico de cotización:
    Este concepto no se exige para los casos de personas menores de 31 años.
    Indica que una quinta parte del período de cotización exigible deberá estar comprendido dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante de la incapacidad, o dentro de los 10 años anteriores a la fecha en que haya cesado la obligación de cotizar, si se va a acceder a este beneficio desde una situación de alta o asimilada de alta en la seguridad social.
    Pensión por incapacidad permanente total
    La incapacidad permanente total da derecho a recibir una pensión mensual vitalicia, aunque cabe matizar que debe tenerse presente que toda incapacidad permanente reconocida es revisable por el INSS, pudiendo modificar su reconocimiento anterior.
    La cuantía de esta pensión depende de la base reguladora de cada solicitante o trabajador, Es decir cuanto en tiempo y cantidad has cotizado.
    Incapacidad permanente absoluta:
    es un grado de incapacidad que debido a una enfermedad o lesión no permite realizar ningún trabajo con un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad. Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
    Reconocimiento: la competencia para reconocer la incapacidad la ostenta el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
    Prestación: el trabajador declarado con incapacidad absoluta recibe una pensión. El pago de la misma está a cargo de la Seguridad Social si deriva de un accidente o enfermedad no laborales. En cambio, si la patología deriva de accidente laboral o enfermedad profesional, la capitalización estará a cargo de la Mutua de Accidente de Trabajo, pero los pagos serán realizados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
    Requisitos: para tener derecho al cobro de esta pensión el trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta y haber cotizado un mínimo de años, aunque hay excepciones.
    • Cuantía: equivale al 100% de la base reguladora. Esta se calcula en base a diferentes factores legalmente previstos.
    Requisitos para obtener la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta
    No existe una lista de enfermedades o accidentes que causen derecho a reconocer una Incapacidad Permanente Absoluta, aunque sí hay enfermedades determinantes que pueden dar origen a una incapacidad laboral.
    La Incapacidad Permanente Absoluta no se define por la enfermedad o accidente en sí mismos, sino por cómo han afectado o limitado la capacidad de un trabajador.
    Básicamente existen tres requisitos para obtener la Incapacidad Permanente Absoluta:
  14. Estar dado de alta en la Seguridad Social o situación asimilable
  15. Alta implica estar trabajando y cotizando a la Seguridad Social.
    Las situaciones asimiladas al alta son: baja médica, cobro de la prestación por desempleo, excedencia forzosa, jubilación anticipada, demandante de empleo en forma continuada, permisos de maternidad o paternidad o ser víctima de violencia de género, entre otras.
    Excepciones. Se puede reclamar la pensión por Incapacidad PermanenteAbsoluta, en caso de no estar de alta ni en ninguna situación asimilable, si se ha cotizado durante al menos 15 años, de los cuales 3 deben están dentro de los últimos 10 años. Además existe otra excepción, y es el caso de que el trabajador ya haya llegado a la edad de jubilación, pero no tuviera los requisitos para poder solicitar la pensión de jubilación.
  16. No haber cumplido la edad de jubilación
  17. Después de obtener la jubilación no se podrá reclamar la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta, a excepción de lo mencionado en el punto anterior.
    Excepciones: que la enfermedad profesional incapacitante se detecte después de haberse jubilado, o que el trabajador haya accedido a la jubilación anticipada y no haya alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
  18. Haber cotizado un mínimo de años
  19. La exigencia de un mínimo de años cotizados depende de la edad del trabajador al momento de solicitar la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta.
    Para esto se consideran dos grandes grupos de trabajadores: hasta 31 años de edad, y mayores de 31 años de edad.
    Menores de 31 años:
    Deben haber cotizado como mínimo una tercera parte del tiempo transcurrido entre los 16 años y la edad al momento de solicitar la pensión.
    Por ejemplo, una persona de 28 años necesita haber cotizado como mínimo 4 años: 28 - 16 = 12 años, dividido entre 3 = 4 años.
    Mayores de 31 años:
    Se exige la cuarta parte de los años transcurridos entre los 20 años y la edad en que se solicita la pensión, aunque como mínimo deben ser 5 años.
    Excepción: que la incapacidad se deba a una enfermedad profesional o accidente de trabajo. En este caso no se exige un mínimo de años de cotización.
    Cálculo de la base reguladora para la incapacidad permanente absoluta
    La pensión por incapacidad permanente absoluta equivale al 100% de la base reguladora.
    La base reguladora depende de varios factores, por ejemplo, si se trata o no de una enfermedad profesional o accidente laboral, edad, bases de cotización, inculpación a la empresa por el accidente o enfermedad, entre otros.
    Se pueden presentar los siguientes casos:
    • Trabajadores con incapacidad causada por una enfermedad común. Se toma el total de bases de cotización de los últimos 96 meses dividido por 112. Los últimos 72 meses se deben actualizar según el Índice de Precios al Consumidor, y los primeros 24 se toman a valor nominal. A este resultado se le aplica el porcentaje según la normativa de jubilación, con un mínimo del 50%.
    • Solicitud de pensión por accidente no laboral en situación de alta o asimilada. Se selecciona un período de 24 meses seguidos de cotización entre los 7 últimos años inmediatos al pedido de pensión y se divide por 28.
    • Accidente laboral en situación de no alta ante la Seguridad Social. Similar al primer caso, sin el adicional por años cotizados, es decir, las bases de los últimos 96 meses dividido 112, con las actualizaciones mencionadas.
    • Accidente de trabajo o enfermedad profesional. Salario del último año más todas las extras, complementos y beneficios.
    Variaciones sobre la base reguladora
    Si se cumplen los requisitos de cotización, la pensión equivale al 100% de la base reguladora. Sin embargo, este importe puede verse disminuido o aumentado.
  20. Disminuciones: trabajadores de más de 65 años, sin derecho a jubilación, reciben el 50% de la base reguladora.
  21. Aumentos: son incrementos en forma de indemnización. Cuando el accidente o enfermedad son responsabilidad de la empresa, es preciso añadir un 30 a 50% a cargo de la empresa.
  22. Compensación por maternidad: destinada a madres de dos o más hijos por reconocimiento de incapacidad a partir del 1 de enero de 2016. Equivale a:
  23. ◦ 5% por dos hijos
    ◦ 10% por tres hijos
    ◦ 15% por cuatro o más hijos
  24. Cuantías mínimas garantizadas: más allá de los cálculos, las personas incapacitadas tiene garantizada una cuantía mínima mensual, según tenga cónyuge a cargo o no, o se trate de una unidad familiar unipersonal.
  25. Como me está quedando muy largo, no voy a pasar a hablar de temas de nivel de vida, es decir alquileres, cestas de la compra y demás gastos que los ricachones Españoles tenemos como lujos.

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433. Def-Leppard,

ostias, tan doloroso como un arma contundente, pesada, a 2 manos he nisa?
pos ya lo saben caballeros como va la cosa. por lo que veo para tener los 481 euros que la compañera confía en llevarse al bolsillo hay que llevar un tiempo aquí, parece que dos años algo que no sabía. yo si hablaré un poco de gastos y pijadas. veamos. mi alquiler en una zona no muy decente, aunque bastante pasable, osea que no me sacan navajas por la calle es de unos 800 más lso gastos mentados antes. el agua es muy varata, pero la luz fluctua bastante de precio así que no puedo hablar de ella porque... no lo recuerdo. ahora en verano se disparará con los ventiladores y tal, pero bueno. una cesta de la compra medianamente decente: un poco pescao, un poco de carne, unas verduras, y algún capricho creo que la última fueron unos... 92 pavos, así con la tontería. no me han regalado nada. pongamos algunas cosas más: mi conexión a internet son 20 plomos. es poco y encima tengo un nodo justo en frente así que salió muy bien la jugada, pero siguen siendo 20 plomos al mes, que parece que no, pero duele.
el abono transporte para poder ir a currar son 32 pavitos al mes, si, se puede tener menos pero yo ya no soy joven (mayor de 25) y lo que si puedo restar es mi discapacidad, y mi familia numerosa... no espera, que esa ya tampoco puedo, as´ique solo me resto un 20% y gracias a dios que la comunidad de Madrid los ha bajao porque el abono c2 que es el que yo gasto, antes estaba casi en 58 plomos muy contundentes.
pongo un par de cosas que recuerdo así de memoria para que comparemos.
un manual de dragones y mazmorras suele rondar los 49,95 euros.
una botella de wisky que no te haga vomitar tus intestinos al día siguiente suele rondar los 12,98 pavos.
una entrada de cine son unos 9 euros en este hermoso país.
un iPhone como el que yo gasto que es un se2020 son unos 500 pavos, aprox,.
un android de unos 4 años suele estar en 200 euros o más.
unas cuerdas de guitarra de la marca que un servidor consume, elixir, están en 18 euros.
una zapas de deporte de gama promedio son 50, 60 pavos.
un bastón en la santa casa no baja de 30 pavos.
al que le gusten las botas como a un servidor se va a encontrar que unas buenas no bajan de 80 90 pavos.
una comida en un restaurante normal, de franquicia puede llegar a los 20 euros solo, he imagina ahora si vas con tu pareja. en un sitio especial.... calculad 80, 90, 100 por persona.
un billete de ave suele estar entre 45 y 90 pavos así, calentitos.
un gasto más raro pero si te gusta el coleccionismo son las réplicas, ya sean espadas, coches, armas de fuego... entre 45 y 300 euros.
la bolsa de la compra no suele bajar de 80 euros normalmente.
los alquileres en algunas zonas bajan, si, pero tampoco mucho. creo que lo más bajo es 400, así mirado, y lo más más más, pues superurvanizaciones de ultrapijos con piscina climatizada, normal, gimnasio y ostias en unos … 1280, 1400... al mes. eso no hay salario que lo soporte hoy en día.
el gramo de maría está a unos 5 pavos la normal y 11 pavos la muy muy buena. suerte tengo de mi camello...
en fin gente, pos si algún español le apetece seguir poniendo precios... perfecto.
no yo por cierto retiro mis 400 iniciales, creo que están mejor dedicados a un armario de cultivo, y fertilizantes, lo dicho antes jajajajajaj. pero tienes los 200 de rand, algo será...

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434. kirito,

Jianella argentina mejor que perú dice xdddddddddddddddddddddddddddddd
Jiane, sabes si esos precios que buscaste están actualizados o son si quiera correctos?
Consideraste mudarte fuera de lima? veo que se compara mucho lima madrid cuando perú y españa son más que sus capitales.

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435. gianella.delgado,

no es que muchos realmente no me han entendido. yo no hablo tanto de las ayudas, porque si yo migrara no voy a recibir ningún quinto, puesto que se necesita 5 años de residencia legal para que lo recivas, lo digo más por las diferencias entre los salarios mínimos de ambos países, y los 1025 soles al igual que en España que tienen los 1080 euros, es el salario mínimo al mes. dicen que no existen esas tarifas ayí en españa, pues me parece muy raro porque no solamente aparecen en un solo sitio de internet y porsupuesto que son actualizadas. Si se dan el trabajo de leer ahí aparecen fechas y todo eso. sucede que claro los españoles o quienes vivan en españa ya buen tiempo, ya no se restringen, obviamente no van a vivir como un latinoamericano que con 10 gb está que salta de la emosión, si a un español le dices 10 gb se va a reir en tu cara y obviamente no va a contratar ese servicio, porque va a preferir uno más caro con mejores prestaciones. El peruano y probablemente en otros paíces vecinos pase que estemos acostumbrados a rrestrinjirnos de todo, hasta de la comida, como es posible que un bloque de chocolate lo puedas encontrar a 0.95 euro de casi 150 gramos en mercadona, https://tienda.mercadona.es/product/13653/chocolate-con-leche-classic-hacendado-tableta y aquí cueste eso mismo 12 o 13 soles porque las marcas blancas aquí son una mierda y solamente existen dos o tres en todo el país. Ahora mencionan que si me voy con soles peruanos a españa me voy a morir de hambre, pues obviamente que si, porque tendría que ganar en euros para poder sentir el beneficio, tal como los que viven ayí, entonces yo en ningún momento e puesto tal comparación porque no tendría sentido, pero si e comparado productos porque es tal como lo dice el venezolano, la forma de rendir el dinero no es igual en todas partes y pareciera como si aquí se hubiese disparado. En tanto, digo que argentina esta mejor que perú, por muchas razones, en nuestro país en menos de 5 años hemos tenido un total de 6 presidentes, cuando en 5 años solo debe haber uno, las combis piratas y la falta de buses formales, las penciones que aquí jamás reciviremos porque realmente los ciegos aqui no las reciven tengas o no trabajo, cumplas o no prestaciones y la falta de derechos sociales, pero bueno es fácil cegarse.

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Dernière édition par gianella.delgado, 01.05.2023 14:22

436. shub-niggurath,

Amiga, vuelvo y te repito.
Es como comparar monos con setas, no puedes comparar el valor de dos monedas como iguales. Al igual que no puedes comparar la inflación de ambas monedas y el estilo de vida de ambos paises.

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437. gianella.delgado,

en ese sentido estoy de acuerdo, el estilo de vida es el que hace la diferencia, un español jamás se va a conformar con lo que un peruano tacharía de algo fenomenal. La velocidad de internet, el servicio educativo, el servicio de salud, etc. Lo que si no entiendo es porqué en el perú todo está tan caro y con la nueva inflación todo a ido a peor, nada funciona en el país las instituciones públicas son un asco enserio

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438. little_fox,

Ultrajada jianella

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439. gianella.delgado,

no entendí ese último mensaje. perdonen el cambio de tema pero ya que hay algunos españoles por ahí, alguien sabe cuanto cobran los ayuntamientos, por cantar en la calle en Madrid o varcelona? Además, si lo dejan hacer con visa de estudios?. y regresando al tema que nos trajo hasta aquí, no piensen que es mendigar el cantar porque en verdad supone largas horas de aprenderse letras y repasar para no hacer el pancho de la vida en la calle. Sin embargo, si respaldo que debe de ser fastidioso que se suvan al metro o a un bus a cantar tapando la voz que indica las paradas, puesto que eso nos perjudica a los que no podemos ver.

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440. Def-Leppard,

que no nos conformamos? no, si lo hacemos. el tema es que esas cosas ya casi no existen aquí. un ADSL de 10 mb, por usar el mismo ejemplo es inconcebible para una compañía hoy en día aquí, no porque no puedan es que la fibra se monta para x velocidad, y la nuestra alcanza esto. se puede limitar con ciertas tarifas pero lo que suelen ofrecer son 100 (esta no estoy seguro) 300
, 500 y un giga. pero si estoy en un pueblo perdido de la mano de dios y tengo diez megas me jodo y me aguanto. es lo que hay xd

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441. kirito,

Jianella, quizás no tubimos 5 presidentes pero tenemos una inflación casi inigualable.
Los precios casi cambian cada día, hay desabastecimiento constante, etc, etc.
Perú tiene marcas y productos que acá no hay si quiera.

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442. gianella.delgado,

la inflación aquí esta muy parecida

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443. Tu_gatito_ron_ron,

como dijeron, consideremos que Perú no es solo la costa.
argentina mejor que Perú^? eso lo tomo con muchas pinzas.
Y no lo digo yo, lo dicen los propios argentos.
recordemos que por culpa de la pandemia y por el berrinche de Putin los precios se elevaron. no solo aquí, sino en todo el mundo.
sí, estoy de acuerdo de que los servicios públicos son un desastre, pero no está tan mal como lo pintas.
se ve que hay muchas ganas de migrar. bueno, será de ahorrar un poquito e irse no lo crees?
agradezcan lo que tenemos, otros están peor. si no, vete y pregúntale a ese porción de venezolanos que están haciendo tremendo alboroto en la frontera.

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444. kirito,

Jianella, no jodas. Sabes que fácilmente llegamos al 100% de inflación anual aquí? no?
Buscando rápidamente me dice que la inflación peruana de febrero fue algo así como 0,9 y la argentina 6%.
Y no sumemos la devaluación monetaria y tal.

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445. gianella.delgado,

los medios no son fiables para el tema de inflación, ahorita hay mucho dinero de por medio para callar lo que está pasando aquí. estamos cerca de cambiar la moneda. y claro que estoy ahorrando como loca, asi que el que quiere donar estaría muy agradecida xd

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446. kirito,

y que fuente para ti si es fiable?
Porque no estoy usando los medios para fijarme.

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447. Dherhion,

nada, que quiere llevar razón.
Te lo pongo fácil, me voy a inventar los precios.
Si yo voy a tu país con 2000 euros soy rico. ¿Por qué? Porque al cambio, son nosecuantosmiles de lo que sea que tengáis como moneda.
Si tu vienes a mi país con 2000 lo que sea, no te da ni para pipas.
Por otro lado, los precios están adaptados.
Lo que significa que yo puedo comprar con 2000 euros allí mil cosas más que aquí.
Cantar en la calle es ilegal.
y si te vas a Madrid o Barcelona para hacerlo, que se hace, probablemente cabrearás a alguna mafia.
y que no te pillen en el metro porque encima te multan.

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448. shub-niggurath,

El ayuntamiento no te paga por cantar en la calle, te deja sacarte una licencia para que lo hagas legalmente.
Pero el dinero que ganes, es de lo que la gente que pasa te quiera echar.
Si la gente pasa de tu trompeta, pues no ganas nada, si tocas o cantas como los ángeles pos igual te echan algo.

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449. Dherhion,

y la licencia es cara. Una amiga que tiene un sello discográfico familiar lo estuvo mirando cuando los conocían cuatro gatos y medio y telita con la licencia xD

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450. shub-niggurath,

Pero esto ya como curiosidad porque no tengo ni idea.
Hay sitios en los que un ayuntamiento te pague por cantar en la calle, como si fueras un empleado mas, en plan jardineros, barrenderos y demás?

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